Un juez declaró inconstitucional el veto de Discapacidad
Rechazo oficialista a la Emergencia

La Justicia Federal de Campana declaró la invalidez del veto presidencial a la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, en un fallo que beneficia a dos niños con discapacidad. La decisión fue tomada este lunes por el juez Adrián González Charvay, en respuesta a una acción de amparo presentada por los padres de los menores, quienes alertaron sobre el riesgo que enfrentan sus tratamientos y educación.
¿Quiénes son los afectados y qué motivó la acción? Los hermanos de 11 años padecen trastornos generalizados del desarrollo y dificultades en habilidades escolares. Asisten a centros terapéuticos y colegios especiales que, ante la falta de financiamiento oficial, se encuentran en riesgo de cierre, subsistiendo con préstamos y donaciones. Los padres denunciaron que el veto del presidente Milei pone en peligro el acceso a tratamientos y educación adecuados, afectando sus derechos fundamentales.
¿Dónde y cuándo se tomó la decisión? La sentencia se dictó en la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de Campana, en el marco de la acción presentada por los padres. La resolución fue conocida este lunes, en un momento en que el oficialismo justificaba el veto por considerarlo un impacto fiscal que oscila entre el 0,22% y el 0,42% del Producto Interno Bruto.
¿por qué la justicia actuó en este caso? El magistrado sostuvo que el veto vulnera derechos constitucionales e internacionales, especialmente el derecho a la salud, educación y rehabilitación de menores con discapacidad. Argumentó que los recortes y el desfinanciamiento del sistema implican una discriminación y vulnerabilidad agravada a estas personas, y que la protección de sus derechos debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias.
¿Qué implicancias tiene esta resolución? La decisión del juez federal establece que el veto es “un caso de clara discriminación” y ordenó que se garantice el financiamiento y los derechos de los niños en situación de discapacidad. Además, reafirma la jurisprudencia internacional y las obligaciones del Estado en garantizar la protección integral y universal de los derechos de las personas con discapacidad en Argentina.
La Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso el 10 de julio pasado, estableció un régimen integral con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año. Buscaba cumplir con las obligaciones derivadas de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que posee jerarquía constitucional. Entre las medidas fundamentales que introducía la ley, se destacaron:
- El financiamiento adecuado y sostenible de las pensiones no contributivas por discapacidad.
- El fortalecimiento de los prestadores de la Ley 24.901 mediante un régimen de emergencia de regularización tributaria.
- La implementación expeditiva de compensación arancelaria y actualización del Sistema de Prestaciones Básicas.
- El financiamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad y programas conexos.
- El efectivo cumplimiento de la Ley 26.816 de Régimen Federal de Empleo Protegido.
- Una compensación de emergencia financiada con recursos del Tesoro Nacional, que debía cubrir la diferencia entre el porcentaje de aumento que percibieron los prestadores y el Índice de Precios al Consumidor.
lunes, 18 de agosto de 2025
