Los jubilados viajarán gratis en el subte
¿Cómo acceder al beneficio?

El Gobierno de la Ciudad oficializó por decreto la reglamentación de la Ley 6.817, que garantiza la gratuidad del subte para jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el Ministerio de Infraestructura será la autoridad responsable de implementar y fiscalizar el beneficio.
Podrán solicitarlo quienes acrediten condición de jubilado, pensionado o retirado según el SIPA o regímenes previsionales de fuerzas nacionales, provinciales o de la Ciudad; además deben tener domicilio en CABA registrado en el DNI y no superar ingresos mensuales equivalentes a 2,5 haberes mínimos jubilatorios (la jubilación mínima prevista para octubre es $326.298,38).
El trámite de solicitud se realizará ante la autoridad de aplicación y los datos serán validados con registros oficiales (RENAPER); el beneficio tiene una vigencia de cinco años, es personal e intransferible, y su otorgamiento y control buscan asegurar que llegue efectivamente a quienes corresponde.
Paso a paso para acceder al beneficio:
- Verificar requisitos: ser jubilado/pensionado o retirado de fuerzas, domicilio en CABA en el DNI y que los ingresos no superen 2,5 jubilaciones mínimas.
- Ingresar a la plataforma Tramitación a Distancia (TAD) o concurrir a sedes comunales o estaciones cabecera habilitadas.
- Completar la solicitud online o presencial y adjuntar la documentación requerida (DNI, constancia de jubilación/pensión o certificado de retiro).
- Obtener asistencia en puestos presenciales, digitales o móviles instalados en cabeceras durante la primera etapa si necesita ayuda para tramitar.
- Esperar la validación por el Ministerio de Infraestructura mediante cruces con RENAPER; el beneficio, una vez aprobado, quedará asociado al número de documento.
- En caso de robo o pérdida, denunciar por los canales habilitados y gestionar la reposición gratuitamente por mecanismos presenciales o digitales.
Informar de inmediato cualquier cambio de domicilio o variación de ingresos que implique pérdida del requisito; la omisión puede provocar la baja inmediata.
- La reglamentación fija controles estrictos (verificación de ingresos, obligaciones de informar cambios y posibilidad de baja por uso indebido o falsedad) y prevé que la autoridad refuerce la atención con folletería, códigos QR y puestos de asistencia en estaciones para facilitar el acceso.
viernes, 26 de septiembre de 2025
